En un artículo anterior del New Law Pulse ("La Autoridad Independiente de Protección del Informante: Nuevo pilar en la lucha contra la corrupción y la protección del informante") analizamos en detalle qué es la AIPI, cuáles son sus funciones, qué entidades están obligadas a disponer de un Sistema Interno de Información (en adelante, “SII”) y los principales retos que su entrada en funcionamiento plantea tanto para el sector público como para el privado. Recomendamos su lectura para una visión general del marco normativo.
El presente artículo se centra en las novedades operativas que se han producido desde entonces: la AIPI ya cuenta con su página web plenamente operativa, ha publicado documentación práctica de referencia y, lo más relevante, el plazo para cumplir con la obligación de notificación del RSII ya está en curso.
El 10 de febrero de 2026 se puso en funcionamiento la sede electrónica de la AIPI, habilitando el formulario a través del cual las entidades obligadas deben realizar la notificación del nombramiento y cese del Responsable del Sistema Interno de Información.
Esta sede electrónica constituye el único canal válido para realizar la notificación. Tal y como se recoge en las FAQ publicadas por la propia Autoridad, aunque una entidad hubiera comunicado previamente el nombramiento por otra vía, es imprescindible cumplimentar el formulario en línea para que la comunicación sea efectiva.
Junto con la apertura de la sede electrónica, la AIPI ha puesto a disposición de las entidades obligadas un completo paquete documental. Cabe destacar, por un lado, los documentos de orientación estratégica y, por otro, las herramientas prácticas para la notificación:
Uno de los aspectos más urgentes que las organizaciones deben tener presente es el plazo de notificación inicial:
De la lectura conjunta de la Guía, el Manual y las FAQ, destacamos los siguientes puntos que las organizaciones no deben pasar por alto:
La Ley 2/2023 establece un sistema de competencias compartidas entre la AIPI y las autoridades autonómicas. Determinar ante quién debe realizarse la notificación del nombramiento del RSII —y, en su caso, el canal externo competente— depende del tipo de entidad, su ámbito territorial y la existencia o no de una autoridad autonómica con competencias sancionadoras en materia de protección del informante.
Fuera de estos supuestos, la notificación ante la AIPI tiene carácter voluntario, si bien la propia Autoridad recomienda su realización.
De acuerdo con el artículo 24 de la Ley 2/2023, las autoridades designadas por las Comunidades Autónomas que sí cuenten con estructura propia serán competentes respecto de las informaciones que afecten a:
La normativa propia de cada Comunidad Autónoma determina de forma específica cuáles son las categorías de infracciones que asume su canal externo autonómico.
La activación de la sede electrónica de la AIPI y la publicación de su Guía práctica, el Manual del formulario y las FAQ marcan el inicio efectivo de la operativa de esta Autoridad. Las organizaciones obligadas deben actuar con premura: el plazo de notificación inicial vence el 10 de abril de 2026 y el formulario, una vez enviado, no admite correcciones.
Más allá del cumplimiento formal del trámite de notificación, esta nueva fase supone una oportunidad para que las organizaciones revisen y refuercen la configuración de sus Sistemas Internos de Información, asegurando que cumplen con todos los requisitos de la Ley 2/2023: independencia del responsable, confidencialidad, accesibilidad del canal e información a los potenciales informantes sobre la existencia del canal externo de la AIPI.
En PwC, contamos con una amplia experiencia en el diseño, implantación y revisión de sistemas de cumplimiento normativo y canales internos de información, adaptados a las exigencias de la Ley 2/2023 y a los estándares internacionales más avanzados. Nuestro equipo multidisciplinar acompaña a las organizaciones en todo el proceso: desde la verificación de si su entidad está obligada a notificar ante la AIPI (o ante la autoridad autonómica correspondiente), hasta la preparación de la documentación necesaria, la cumplimentación del formulario y la revisión integral del Sistema Interno de Información.
El área de New Law de PwC pone a disposición de sus clientes soluciones innovadoras, eficientes y personalizadas, con el objetivo de fortalecer la cultura de integridad y transparencia en las organizaciones.
Artículo elaborado por Isabel Arjona Álvarez, manager de New Law de PwC Tax & Legal y Elena Falero Oca de Zayas, associate de New Law de PwC Tax & Legal