A principios de marzo, se publicó la sentencia relativa al asunto C-604/22 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (“TJUE”), tras la decisión prejudicial planteada por el Tribunal de Apelación de Bruselas, derivada del recurso interpuesto contra la resolución de 2 de febrero de 2022 de la Autoridad de Protección de Datos Belga (“APD”).
Esta resolución ordenaba a IAB Europe, una asociación sin ánimo de lucro que representa a las empresas del sector de la publicidad y del marketing digital en Europa, adecuar el tratamiento de datos personales efectuado en el marco del Transparency & Consent Framework (“TCF”), marco normativo desarrollado por la IAB Europe compuesto por directrices, instrucciones, especificaciones técnicas, protocolos y obligaciones contractuales que, según IAB Europe, permite tratar legalmente los datos personales de usuarios en sitios webs y aplicaciones, a las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos (“RGPD”), e imponía varias medidas correctoras, así como una multa administrativa, entre otras cuestiones.
La sentencia del TJUE resuelve las siguientes dos cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Apelación de Bruselas sobre la interpretación del RGPD:
Artículo elaborado por Samanta Murillo Geiser, manager de Regulación Digital de PwC Tax & Legal.