Analizamos el Proyecto de Ley Para la Mejora de la Gobernanza Democrática en Servicios Digitales y Ordenación de los Medios de Comunicación

Proyecto de Ley Para la Mejora de la Gobernanza Democrática

¿Qué regula el Proyecto de Ley Para la Mejora de la Gobernanza Democrática en Servicios Digitales y Ordenación de los Medios de Comunicación y por qué se ha creado?

El pasado 29 de agosto de 2025 se publicó el Proyecto de Ley Para la Mejora de la Gobernanza Democrática en Servicios Digitales y Ordenación de los Medios de Comunicación (en adelante, “Proyecto de Ley Para la Mejora de la Gobernanza Democrática”). Esta nueva regulación europea nace en un contexto de constante cambio y evolución del entorno digital y mediático que ha traído consigo nuevos modelos de negocio, la consolidación de grandes plataformas y la internacionalización de los servicios de información. El objetivo del Proyecto de Ley para la Mejora de la Gobernanza Democrática es garantizar la correcta ejecución e implementación de las disposiciones establecidas en el Reglamento (UE) 2022/2065, relativo a un mercado único de servicios digitales, conocido como Digital Services Act (en adelante, “DSA”) y el Reglamento (UE) 2024/1083, relativo a la libertad y pluralismo de los medios de comunicación, conocido como European Media Freedom Act (en adelante, “EMFA”).

Como ya desarrollamos en un artículo anterior, el DSA define unas reglas armonizadas sobre la prestación de servicios intermediarios de Internet en la UE con el fin de garantizar un entorno digital seguro, transparente y responsable. Por su parte, el EMFA, conforme también analizamos con anterioridad en este artículo, pretende garantizar la pluralidad informativa, la independencia editorial y enfrentarse a los nuevos desafíos sobre la concentración de poder en plataformas digitales y la propagación de desinformación.

El Proyecto de Ley para la Mejora de la Gobernanza Democrática prevé principalmente la modificación de tres leyes:

  • La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (en adelante, “LSSI”).
  • La Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual (en adelante, “LGCA”).
  • La Ley 3/2013, 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante, “LCNMC”).

¿A quién afectaría esta nueva Ley? 

Los principales sujetos afectados serán, por un lado, (i) los prestadores de servicios de la sociedad de la información y, por otro, (ii) los prestadores de servicios de medios de comunicación, abarcando tanto a los operadores tradicionales (televisión, radio, prensa y agencias de noticias) como a los nuevos medios digitales que ofrecen información o entretenimiento al público.

Adicionalmente, las disposiciones del EMFA incluyen como sujetos obligados a los fabricantes, desarrolladores e importadores de dispositivos e interfaces de usuario que controlen o gestionen el acceso y uso de servicios de medios de comunicación establecidos en España que deberán garantizar la transparencia y la personalización en el acceso a los contenidos. Igualmente, quedan incluidos los proveedores de sistemas de medición de audiencia, que cumplirán con nuevas obligaciones de transparencia y acceso a la información metodológica. 

Por último, el Proyecto de Ley para la Mejora de la Gobernanza Democrática conlleva la asunción de nuevas competencias por parte de autoridades nacionales y autonómicas, quienes deben asumir nuevas funciones de supervisión, control y sanción derivadas de las obligaciones incluidas en el Proyecto.

¿Qué novedades se introducen?

A continuación, se exponen las principales novedades introducidas por el Proyecto en aquellas leyes que experimentan las modificaciones más relevantes.

La adaptación normativa que introduce el Proyecto de Ley Para la Mejora de la Gobernanza Democrática implica la derogación de los artículos de la LSSI que transponían al ordenamiento jurídico español la Directiva 2000/31/CE, la cual ha quedado obsoleta tras la entrada en vigor del DSA, y, por tanto, ya no resulta de aplicación. En este nuevo marco, se establecen obligaciones reforzadas para los prestadores de servicios intermediarios, quienes deberán cumplir con nuevas exigencias de diligencia debida, gestionar de manera eficaz las órdenes de retirada de contenidos ilícitos y facilitar la entrega de información relevante. Asimismo, se armoniza el régimen de exención condicionada de responsabilidad, dotando de mayor claridad y seguridad jurídica a los operadores del sector.

El régimen sancionador también se ve fortalecido, ya que se tipifican nuevas infracciones y sanciones específicas para aquellos supuestos de incumplimiento de las obligaciones derivadas del DSA. Este refuerzo normativo busca garantizar el cumplimiento efectivo de la regulación y disuadir de conductas contrarias a los principios establecidos en la normativa europea.

Por otro lado, el Proyecto de Ley Para la Mejora de la Gobernanza Democrática, atribuye nuevas competencias y facultades de supervisión a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante, “CNMC”), que pasa a desempeñar el papel de coordinador de servicios digitales y autoridad nacional responsable de la supervisión, el control y la imposición de sanciones en materia de servicios digitales. Paralelamente, la Agencia Española de Protección de Datos (en adelante, “AEPD”) asume competencias específicas en cuestiones de protección de datos, así como en lo relativo a la prohibición de la publicidad basada en categorías especiales de datos o en el perfilado de menores. Tanto la CNMC como la AEPD dispondrán de amplias facultades de investigación, inspección y ejecución, incluyendo la capacidad de requerir información, realizar inspecciones y entrevistas, y adoptar medidas provisionales, lo que refuerza la eficacia y la capacidad de respuesta de las autoridades ante posibles incumplimientos.

La nueva regulación supone una ampliación significativa del ámbito de aplicación de la LGCA, que ahora abarca no solo a los servicios de comunicación audiovisual tradicionales, sino también a todos los prestadores de servicios de medios de comunicación. De este modo, la normativa española se adapta a las exigencias del EMFA, garantizando una cobertura más amplia y actualizada del sector mediático.

En materia de transparencia se establece la creación de un registro estatal público, gestionado por la CNMC, en el que los prestadores de servicios de medios de comunicación de ámbito estatal deberán inscribir y mantener actualizada la información sobre su propiedad y fuentes de financiación. Paralelamente, se prevé la instauración de registros autonómicos equivalentes y la articulación de mecanismos de coordinación entre registros estatales y autonómicos, reforzando así la transparencia y trazabilidad en el sector.

Asimismo, la normativa introduce nuevas obligaciones para fabricantes, desarrolladores e importadores de dispositivos e interfaces que controlen el acceso a servicios de medios de comunicación. Estas obligaciones buscan garantizar que los usuarios puedan personalizar de manera sencilla y gratuita la oferta de medios según sus preferencias, asegurando en todo momento la visibilidad clara y constante de la identidad de los prestadores.

En cuanto a la medición de audiencias, se regulan los sistemas aplicables a todos los medios, exigiendo altos estándares de transparencia metodológica, la realización de auditorías independientes y el acceso a la información para los prestadores. El objetivo es garantizar que los resultados sean imparciales y fiables, contribuyendo a la confianza en los datos de audiencia.

Por otro lado, se introduce un procedimiento específico para la evaluación de operaciones de concentración en el mercado de los medios de comunicación. Este mecanismo permite analizar, condicionar e incluso prohibir dichas operaciones cuando puedan poner en riesgo el pluralismo informativo y la independencia editorial.

El reparto de competencias queda claramente definido entre las autoridades estatales – el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y CNMC- y las autoridades autonómicas, estableciéndose mecanismos de colaboración y coordinación que permiten una supervisión más eficaz y coherente en todo el territorio.

Finalmente, el régimen sancionador se amplía para incluir como sujetos obligados a los prestadores de servicios de medios de comunicación de prensa, así como a fabricantes, desarrolladores e importadores de dispositivos e interfaces de usuario y proveedores de sistemas de medición de audiencia. Además, se refuerza el propio régimen sancionador, introduciendo nuevas infracciones y sanciones vinculadas a las obligaciones del EMFA, tales como la falta de inscripción o actualización en el registro, la ausencia de transparencia en la propiedad o la omisión de medidas para garantizar la independencia editorial. Todo ello contribuye a un entorno mediático más transparente, plural y seguro.

El Proyecto de Ley para la Mejora de la Gobernanza Democrática en Servicios Digitales y Ordenación de los Medios de Comunicación introduce un refuerzo sustancial en la colaboración europea de la CNMC. En este sentido, se actualizan y fortalecen los mecanismos de cooperación de la CNMC con las instituciones y organismos de la Unión Europea, lo que facilita una coordinación más fluida y un intercambio de información más eficiente a nivel europeo en materia de servicios digitales y medios de comunicación. Esta mejora en la interlocución internacional permite a la CNMC desempeñar un papel más activo y relevante en la aplicación de la normativa europea, contribuyendo a la armonización de criterios y a la eficacia en la supervisión transfronteriza.

Asimismo, la CNMC asume nuevas funciones de supervisión y control, consolidándose como autoridad nacional independiente encargada de velar tanto por el correcto funcionamiento de los servicios digitales intermediarios como de los medios de comunicación. Esta ampliación de competencias refuerza su capacidad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales y para responder de manera ágil y eficaz ante los retos que plantea la transformación digital y mediática.

En paralelo, se amplía la potestad sancionadora de la CNMC, dotándola de mayores facultades para imponer sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa aplicable. Este fortalecimiento del régimen sancionador incrementa la seguridad jurídica y la capacidad disuasoria de la autoridad, asegurando que los operadores del sector actúen conforme a los principios y exigencias establecidos tanto a nivel nacional como europeo.

Finalmente, el texto legal prevé la creación de dos nuevas direcciones especializadas dentro de la CNMC, dedicadas específicamente a la tramitación de procedimientos relacionados con servicios digitales intermediarios y medios de comunicación, respectivamente. Esta especialización interna permitirá una gestión más eficiente y experta de los expedientes, optimizando los recursos y mejorando la calidad de la supervisión y el control en ambos ámbitos. En conjunto, estas medidas refuerzan el papel de la CNMC como garante de la correcta aplicación de la normativa y de la protección de los derechos fundamentales en el entorno digital y mediático.

¿Cuáles es la importancia de esta normativa?

El Proyecto de Ley para la Mejora de la Gobernanza Democrática en Servicios Digitales y Ordenación de los Medios de Comunicación representa un avance fundamental en la adaptación del marco jurídico español a los mandatos de los Reglamentos europeos DSA y EMFA. Su importancia no radica en la creación de nuevas obligaciones materiales para los operadores, ya que estas ya están previstas y son de aplicación directa a través de la normativa europea, sino en la concreción y actualización del ordenamiento nacional para garantizar una implementación coherente, eficaz y segura de dichas obligaciones.

El texto legal dota de mayor seguridad jurídica tanto a operadores como a ciudadanos, al depurar y armonizar la normativa española con los estándares europeos, evitando duplicidades e incoherencias. Además, atribuye funciones y competencias específicas a autoridades nacionales como la CNMC y la AEPD, reforzando su papel en la supervisión, control y sanción en el entorno digital y mediático. Este refuerzo institucional se complementa con una mayor cooperación y coordinación entre autoridades estatales, autonómicas y organismos europeos, lo que asegura una aplicación uniforme y eficaz de la normativa en todo el territorio.

El régimen sancionador detallado que introduce el Proyecto de Ley, junto con la clara definición de competencias administrativas, permite a las autoridades actuar con mayor eficacia y previsibilidad, garantizando la protección de los derechos fundamentales y el correcto funcionamiento del mercado digital y mediático. Así, la norma no impone nuevas cargas materiales, sino que proporciona certidumbre y facilita la adaptación de los procedimientos de los sujetos obligados a la realidad nacional.

Conclusión

Este Proyecto de Ley se erige como un instrumento esencial para la integración efectiva del Derecho de la Unión Europea en España y para el fortalecimiento de la gobernanza democrática en el ámbito digital y de los medios de comunicación. Su valor reside en la clarificación de competencias, el refuerzo de los mecanismos de supervisión y control, y la consolidación de un entorno digital y mediático más seguro, plural y transparente. A la espera del resultado final del proceso legislativo y de posibles enmiendas, la norma se perfila como una pieza clave para la modernización y la seguridad jurídica del sector en España.

Artículo elaborado por Itziar Pastor Inchauspe, manager del sector Entretenimiento y Medios de PwC Tax & Legal, y Laura Soler Juan, associate del sector Entretenimiento y Medios de PwC Tax & Legal.

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Fernando Fernández-Miranda

Fernando Fernández-Miranda

Socio responsable de NewLaw Pulse, PwC Tax & Legal