Una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 15 de mayo de 2025 ha recibido mucha atención entre los operadores jurídicos, porque concurren en ella una serie de factores que la hacen especialmente interesante. En primer lugar, es una manifestación más de la tendencia de los jueces españoles a tratar de depurar el ordenamiento jurídico interno mediante el recurso a órganos internacionales, a los que se encarga la tarea de valorar la legalidad de disposiciones concretas, a veces de un modo exagerado.
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