Tributación mínima y monetización de deducción I+D: ¿convivencia pacífica?

La nueva redacción del artículo 30 bis de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), introducido por la recientemente aprobada Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 (LPGE), introduce para los períodos impositivos que comiencen a partir del 1 de enero de 2022, una tributación mínima (cuota líquida mínima) al introducir unos tipos mínimos, generales y específicos, del Impuesto sobre Sociedades (15%, 10% y 18%) que aplican sobre la base imponible, minorada o incrementada por determinadas partidas, a empresas cuyo volumen de negocio sea superior a los 20 millones o constituyan, sin más, un grupo de consolidación fiscal.

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Antonio Sánchez

Antonio Sánchez

Socio responsable de Fiscal, PwC Tax & Legal

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