El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia clave el 26 de junio de 2025 que podría poner fin a la “saga” judicial del régimen fiscal español que permitía a las empresas amortizar el fondo de comercio financiero derivado de la adquisición de participaciones en sociedades extranjeras. Este régimen, regulado en el artículo 12.5 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), fue objeto de tres decisiones de la Comisión Europea, que lo calificó como ayuda de Estado incompatible con el mercado interior y ordenó su recuperación, salvo para ciertas adquisiciones realizadas antes de fechas concretas, en protección de la confianza legítima de los contribuyentes.
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